"En nombre de lo pasado y de las desgracias sufridas, el Congreso Constituyente les pide y aconseja obediencia absoluta a la Constitución que han jurado. Los hombres se dignifican postrándose ante la ley, porque así se libran de arrodillarse ante los tiranos"
Congreso Constituyente de Santa Fé, sesión del 7 de marzo de 1854.
La publicación de Las Fuentes de la Constitución Nacional. Los principios fundamentales del derecho público argentina ( Lexis Nexis 2006) desató una polémica en torno al origen del sistema del gobierno que rige nuestro país. Ese libro probó que nuestra Constitución adoptó los principios fundamentales del constitucionalismo estadounidense y que la tesis que se utilizan como fundamento para rechazar la influencia del modelo norteamericano carecen de asidero histórico y jurídico.
Congreso Constituyente de Santa Fé, sesión del 7 de marzo de 1854.
La publicación de Las Fuentes de la Constitución Nacional. Los principios fundamentales del derecho público argentina ( Lexis Nexis 2006) desató una polémica en torno al origen del sistema del gobierno que rige nuestro país. Ese libro probó que nuestra Constitución adoptó los principios fundamentales del constitucionalismo estadounidense y que la tesis que se utilizan como fundamento para rechazar la influencia del modelo norteamericano carecen de asidero histórico y jurídico.
La adopción del modelo de Filadelfia fue reconocida por los redactores de la Constitución Nacional en los más diversos ámbitos: declaraciones públicas, carta privadas, artículos periodísticos y publicaciones diversas. Sin embargo, los orígenes norteamericanos del sistema constitucional argentino son olvidados en nuestro país. A contramano de la abrumadora evidencia que existe al respecto, diversas corrientes doctrinarias, que responden a diferentes ideologías, se empeñan en desconocer esta realidad incontrastable.
En este nuevo libro se insiste en la tesis expuesta y se defienden los orígenes estadounidenses de nuestro sistema constitucional, con el respaldo de numerosas pruebas éditas e inéditas. A través de un exhaustivo análisis de los argumentos que se esgrimen en contra de la influencia del modelo de Filadelfia, se desnudan corrientes que en definitiva atacan la verdadera Constitución Nacional y se deja en evidencia la actitud mental que las sostiene: una verdadera obsesión antinorteamericana.
La adopción que nuestros constituyentes hicieron del modelo republicano ideado por los padres fundadores de los Estados Unidos tiene consecuencias jurídico-institucionales que no pueden ser dejados de lado. Reconocer los orígenes de nuestro sistema constitucional es indispensable si queremos empezar de una buen vez a hacer realidad el mandato que nos dieran los miembros del Congreso Constituyente de 1853 cuando pidieron obediencia absoluta a la Constitución. Ese reconocimiento nos permitirá recuperar el camino que nuestros próceres trazaron en su búsqueda de progreso y libertad.
CAPÍTULO I
LA CONSTITUCIÓN ESTADOUNIDENSE Y LA CONSTITUCIÓN NACIONAL.
CAPÍTULO II
LA LEYENDA NEGRA Y EL ANTINORTEAMERICANISMO VISCERAL.
CAPÍTULO III
«LAS FUENTES DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL» Y LA HISTORIA
(I) LA HUIDA HACIA LA HISTORIA.
(II) EL CONSTITUCIONALISMO PROVINCIAL ANTERIOR A 1852.
CAPÍTULO IV
LA ORIGINALIDAD DE LA CONSTITUCIÓN.
(I) LA VERDADERA ORIGINALIDAD CONSTITUCIONAL.
(II) NUESTRA TESIS Y LAS DIFERENCIAS CON EL CONSTITUCIONALISMO NORTEAMERICANO.
CAPÍTULO V
ALBERDI Y LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
(I) NUESTRA TESIS.
(II) ALBERDI Y EL DERECHO PÚBLICO EUROPEO.
(III) LA FALSA ANÉCDOTA DE PELLIZA.
(IV) LA VERDADERA OPINIÓN DE ALBERDI.
CAPÍTULO VI
LA POLÉMICA ALBERDI- SARMIENTO
(I) LA CRÍTICA.
(II) EL ORIGEN DE LA POLÉMICA.
(III) LOS COMENTARIOS DE SARMIENTO Y LOS ESTUDIOS DE ALBERDI.
CAPÍTULO VII
LA OPINIÓN DE LOS CONVENCIONALES CONSTITUYENTES DE 1853
(I) LA CRÍTICA.
(II) SALUSTIANO ZAVALÍA.
(III) ZAPATA.
(IV) LAVAYSSE.
(V) SEGUÍ.
(VI) ZENTENO.
(VII) DEL CARRIL.
(VIII) EL DEBATE SOBRE EL JUICIO POLÍTICO.
(IX) LA EXIGENCIA DE LOS DOS MIL PESOS FUERTES.
(X) EL VERDADERO ROL DE JUAN DEL CAMPILLO.
CAPÍTULO VIII
LAS OPINIONES VERTIDAS EN LA CONVENCIÓN DE 1860.
CAPÍTULO IX
LA FALSA RECTIFICACIÓN DE GOROSTIAGA.
CAPÍTULO X
LA OPINIÓN DE JUAN MARÍA GUTIÉRREZ.
CAPÍTULO XI
LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
CAPÍTULO XII
LA CLÁUSULA DEL PROGRESO.
CONCLUSIÓN
(II) LA EVOLUCIÓN DE LA ENSEÑANZA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL.
(III) EL CORRECTO SENTIDO DE LA INFLUENCIA ESTADOUNIDENSE.
BIBLIOGRAFÍA.


